Congreso de España aprobó por mayoría el derecho a la eutanasia

El Congreso de Diputados de España aprobó este jueves el derecho a la eutanasia. Con 198 votos a favor, frente a 138 en contra y 2 abstenciones la proposición de ley orgánica impulsada por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) que establece las exigencias, garantías y condiciones necesarias para pedir y recibir asistencia para morir, en condiciones extremas de salud.

Según el diario El Mundo, para que este proyecto sea un hecho, solo falta superar el trámite del Senado. Asimismo señala que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, aproximadamente en el mes de abril. «Hoy se impone el sentido común y la humanidad», afirmó el ministro de Sanidad, Salvador Illa.

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¿Quiénes promovieron la propuesta en el país?

De acuerdo con el diario español, esta propuesta fue presentada ante el Congreso por primera vez en el año 2017 por Unidas Podemos. Más tarde, en el 2018, por PSOE. Luego de dos años a la espera de respuestas, hoy se concreta el apruebo con el apoyo de todas las fuerzas parlamentarias menos PP, VOX y UPN.

¿Cuáles son las condiciones de la Ley de Eutanasia?

La ley aprobada trata de compaginar el derecho constitucional a la vida con los derechos, también constitucionales, a la integridad física y moral; a la dignidad humana; al valor superior de la libertad; a la intimidad y a la libertad ideológica y de conciencia.

El texto aprobado establece como condiciones imprescindibles para recibir ayuda para morir que la persona afectada lo solicite dos veces con una diferencia al menos de 15 días y hacerlo voluntariamente, con plena autonomía y tras haber sido informada detalladamente y por escrito de su situación médica, del proceso que seguirá la misma y de las alternativas paliativas si las hubiere.

Enfermedad o discapacidad

Para solicitar la eutanasia, el paciente debe sufrir una enfermedad grave e incurable que provoque sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable. También aquellos que padezcan una dolencia crónica e invalidante que incida directamente sobre su autonomía física, de expresión y relación con seguridad de que dichas limitaciones no tienen posibilidad de curación o mejoría.

En el caso de personas absolutamente incapacitadas, sin consciencia, será imprescindible que exista un documento de instrucciones previas, un testamento vital, suscrito por ella misma cuando se encontraba en condiciones de hacerlo y en el que expresamente afirme su decisión de acceder a la práctica eutanásica.

Todo el proceso debe ser supervisado, informado, certificado y asistido por un médico responsable que deberá además recabar opinión de otro médico consultor. Todos los informes y la decisión correspondiente al caso se elevarán a la Comisión de Evaluación y Control que deberá conformarse en cada Comunidad Autónoma. Todos estos trámites pueden conllevar aproximadamente dos semanas.

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