Claves para entender qué pasa con la designación de rectores del CNE

El tema electoral en el país en medio de una cuarentena a causa de la pandemia por la COVID-19, ha dado de qué hablar para muchos y más durante esta semana. Una gran cantidad de interrogantes existen en un escenario algo nublado.

En principio, porque el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen de Nicolás Maduro, emitió en días recientes una sentencia para dar cumplimiento a la designación de los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), impuesto por la propia administración ilegítima.

Por otro lado, una legítima Asamblea Nacional (AN) que rechaza dicha sentencia, la cual catalogan de ilegal, bajo todo tipo de concepto jurídico. Ya que a juicio de la plenaria presidida por Juan Guaidó, es inconstitucional y pretende ser colocada de manera ilícita sin la aprobación de este parlamento.

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Estas acciones tomadas por el TSJ, no son para nada nuevas en Venezuela. Esto ha ocurrido en al menos cuatro directivas del CNE, elegidas por dicho tribunal. Pero en lo más reciente, la Sala Constitucional de esta instancia judicial, no solo enunció la omisión legislativa. Sino que, ordenó a quienes aún son integrantes del ente comicial, a modificar ciertos aspectos establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). 

En este contexto, el experto en materia electoral, Aníbal Sánchez, sostuvo para Todos Ahora que en la actualidad no hay rectores con periodos vencidos. Señaló que, el organismo legal hoy en día para realizar las designaciones de rectores al CNE, debe ser la AN bajo lo establecido en los parámetros reglamentarios.

Tema electoral a lo largo de 20 años

A propósito de esto, cabe destacar las direcciones más resaltantes en las que ha tenido que ver la determinación del TSJ en la designación de los rectores. Esto, cuando se debió realizar el nombramiento en plenaria legislativa con los dos tercios de los integrantes, para aprobar como mayoría.

La primera dirección que inició el camino electoral de la mano del oficialismo en todo este periodo, se dio desde el año 1999. La Constituyente de la época, designó a los rectores de aquel CNE. El nombre que hoy destaca de ese grupo de rectores, es el de Tibisay Lucena. Pero, para ese entonces, se desempeñaba como suplente.

Es a partir del 2002 que los magistrados integrantes de la Sala Constitucional del TSJ, consideran nombrar a los encargados del CNE, en los casos de no se darse los dos tercios de votos necesarios en la AN, por parte de los diputados.

Ya en el 2003 el tribunal aplicó por vez primera, la omisión legislativa a través de una sentencia. Esto, tras no lograrse un acuerdo entre los parlamentarios en escoger a los rectores y no lograrse la cantidad de votos necesarios, como previamente ya se ha mencionado. Se designó como presidente a Francisco Carrasquero y como vicepresidente a Ezequiel Zamora.

En este año entraría, Jorge Rodríguez, como uno de los rectores principales del CNE y también se volvió a nombrar para ocupar uno de los cargos como suplente, a Tibisay Lucena.

Para el 2005, nuevamente el TSJ, designaría un nuevo directorio. Esto, luego de la renuncia de los rectores Francisco Carrasquero y Ezequiel Zamora. Aquí, nombrarían a Jorge Rodríguez como presidente del ente electoral. En este año, hubo abstención en el voto de la población opositora del país.

Lo que permitió en el 2006, se conformara el único CNE elegido conforme a la Ley, tras el control total del parlamento por parte del oficialismo.

En este punto, el especialista electoral, Aníbal Sánchez consideró que Rodríguez habría llegado en el 2005 a esta instancia, producto de una renovación o restructuración del ente.

En el año 2014, el Tribunal Supremo de Justicia, incide en una nueva omisión legislativa. Respondiendo así, a la comunicación emitida por la Asamblea Nacional presidida por Diosdado Cabello, al notificarle que dicha asamblea se encontraba en “imposibilidad para designar a los rectores”.

En este ciclo, le correspondía a esta AN la renovación a los rectores de la sociedad civil electos en el 2006. Incluso, ya tenían un periodo vencido de dos años. Los representantes de ese momento eran Tibisay Lucena, Sandra Oblitas y Vicente Díaz. La única designación aplicada en ese momento, era la del rector Luis Emilio Rondón para sustituir a Vicente Díaz.

El Tribunal Supremo de Justicia en el 2016, ratificó a Tania D” Amelio y Socorro Hernández, al grupo ya existente. Quienes fungían como rectoras desde el 2009, luego de un considerado incumplimiento violatorio de las leyes por parte de la AN de ese año. Entre las violaciones que incurrieron, figura que ambas eran militantes del PSUV. Renunciaron 48 horas antes de ser designadas.

Cabe destacar, que la ratificación de estas representantes, se originó luego de que el TSJ declarara a la AN en desacato y no podía legislar en esos temas.

Año 2020. Sentencia reciente N° 0068

Sobre esta sentencia emitida por el TSJ del régimen de Nicolás Maduro, actualmente se desconoce a ciencia a cierta lo que establece, porque solo se ha notado como una especie de nota de prensa. El especialista en esta materia, advirtió que es probable que haya un cambio en la desaplicación de algunos artículos para cambiar la norma electoral.

“De cambiarse las normas electorales, es necesario que se realice con al menos con seis meses antes del proceso electoral. No se puede cambiar un proceso electoral como ocurrió en una oportunidad”.

Esta sentencia es considerada, como una muestra de que contiene intereses meramente afectos en favorecer a la administración de Maduro. Además, pretende cambiar algunas reglas a conveniencia.

El proceso en las designaciones de rectores

Tal como se ha mencionado, en el caso de las designaciones hechas por parte del Tribunal Supremo de Justicia, han sido producto de omisiones legislativas. Solo dos casos de restructuraciones se presentaron por renuncias de rectores.

Aquí, el TSJ se abocó a realizar esas designaciones para llenar las vacantes. Esto, enmarcado en decisiones políticas y más que vayan de la mano a su tendencia.

¿Qué supondría que magistrados del TSJ asuman un rol como rector del CNE?

Hubo una oportunidad con la designación de Carrasquero. Un reconocido zuliano quien fuera considerado con un buen perfil por ser un académico y sobre todo un conocedor en el área de lo legal. En esta oportunidad, hay nombres que se manejan provenientes del TSJ. Uno de ellos es la magistrada Indira Alfonso.

“Entre lo que se debe elegir, se busca la conformación de un equipo de ocho nombres que manejen los temas de todas las áreas. Sobre todo, en la parte técnica, operativa y especialmente del tema jurídico. Hay temas legales que se deben corregir”, expresó el especialista.

La persona que asuma este rol, debe estar abocada a la resolución y buena aplicación de diversas leyes. Que se trabaje bien en el tema de legitimaciones de los partidos políticos. El también analista, aseveró que, hay muchos temas en lo jurídico que debe ser mermados.

¿Qué requisitos debe tener un rector del CNE?

El requisito en la actualidad para un rector al Consejo Nacional Electoral, es tener conocimiento fundamental de votación y electrónica. Así como conocer y tener experiencia en los métodos de sufragio y procesos jurídicos.

Además, tiene que contar con experiencia en administración pública y en todo el proceso que tiene que ver con la parte de sembrar confianza. Ser ético y transparente. Igualmente, bajo toda esta situación pandémica, sería considerable que también posea conocimiento de algunos aspectos de salud.

¿Era necesaria esta renovación?

Jurídicamente no era necesaria. Pues, los rectores actuales no tienen sus periodos vencidos. Pero según Sánchez, como Venezuela se encuentra en un escenario de conflictividad social, así como inmersos en una crisis política marcada por problemas de gobernabilidad, pues se trata de que sean solucionados a través de consultas populares.

“Acá no solo es necesaria que exista una elección parlamentaria. Es necesario que exista una elección presidencial y pues tarde o temprano tiene que haber esa consulta. Y esta consulta, tiene que ser apuntada a todo lo que tenga que ver con los procesos de garantías necesarios. Todo debe pasar porque se deba renovar un directorio electoral. Un CNE que transmita confianza, que brinde cierto reconocimiento a todos los actos, que se desarrollen en el marco de una elección transparente”, dijo el analista.

Puede que algunos rectores de la actual directiva, repitan en su rol. Sobre todo, el que maneja y conoce más la parte técnica, porque comprende todo el tema del sistema electoral. Esto, debido a la complejidad de cada proceso. “Tener la experticia en estos temas es de suma importancia”.

Un nombre que suena para ser postulado desde el TSJ del régimen

Entre el nombre que más se ha escuchado, como representación proveniente del tribunal del régimen, está presente el de la magistrada Indira Alfonso. Actualmente, se viene desempeñando presidenta de la Sala Electoral y la vicepresidenta del ente judicial.

Alfonso, ha ocupado diferentes cargos públicos. En el 2005 – 2006, fungió como directora ejecutiva de la rectoría del CNE.

Se estima que, para esta misma semana se conozcan los próximos rectores electorales, para el venidero periodo.

Otro nombre que suena también con fuerza para asumir un nuevo rol como rectora del CNE, es Gladys Gutiérrez. Abogada y expresidenta del TSJ del régimen hasta el año 2017. A Gutiérrez, la sustituye Maikel Moreno en ese año.

La magistrada, fue sancionada en 2018 por el gobierno de Panamá. Estuvo señalada como persona de alto riesgo por presunto blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva.

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