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Prohibieron las caravanas estudiantiles en el municipio Libertador de Caracas
El Concejo Municipal del municipio Libertador de Caracas prohibió las caravanas vehiculares estudiantiles en ese sector.

La norma la aprobó la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, el Civismo y la Justicia de Paz Comunal para evitar accidentes.
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Además, la legislación se publicó en Gaceta Municipal del Municipio Bolivariano Libertador N° 4940-23 el jueves 25 de mayo de 2023.
El Concejo Municipal señaló en la ordenanza que prohibió las caravanas vehiculares estudiantiles que ponen en riesgo la integridad física.
“Quedan prohibidas las caravanas por motivos de festejo o celebración que pongan el riesgo la integridad física de sus participantes o la de terceros, o que alteren el orden público y desenvolvimiento de las actividades de los transeúntes del municipio Libertador”, se lee en el artículo 37 de dicha ordenanza.
¿Qué sucede si los estudiantes realizan caravanas vehiculares?
En este caso las autoridades policiales deberán dar aviso al Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente para imponerles a los padres y representantes de los implicados las medidas de protección y ser entregados.
Además, se impondrá una multa que se derive de la infracción de tránsito correspondiente y se incluirá a los padres o representantes sancionados en el Programa de Concientización y Educación Ciudadana.
Por otra parte, el artículo 38 advierte que quien induzca a un adolescente a hacer una caravana vehicular o cometer cualquier otra falta, esta persona será considerada como una “infracción gravísima”.
¿Cuáles son las infracciones y cuál es la multa?
La ordenanza dividió las infracciones en tres tipos y cada categoría tiene una sanción diferente.
Primero, las Infracciones gravísimas: entran en esta categoría las acciones de romper, sustraer o deteriorar la infraestructura, instalaciones, equipamiento y mobiliario patrimonial.
Las infracciones gravísimas serán sancionadas con una multa equivalente al pago en bolívares de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el BCV o la realización de dos trabajos comunitarios en un lapso de 40 horas.
Segundo, Infracciones graves: contará como una infracción grave arrojar, lanzar o abandonar objetos de naturaleza orgánica o inorgánica, líquidos, sólidos, fuera del bote de basura.
Las infracciones graves son sancionadas con una multa equivalente al pago en bolívares de 50 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el BCV o la realización de dos trabajos comunitarios en un lapso de 30 horas.
Tercero, Infracciones leves: se consideran infracciones leves los actos de pegar publicidad, propaganda, afiches, anuncios, carteles, banderines o similares que no cuenten con la debida autorización.
Estas infracciones son sancionadas con una multa equivalente al pago en bolívares de 30 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el BCV o la realización de dos trabajos comunitarios en un lapso de 20 horas.
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