Preguntas y respuestas: cómo deben actuar empresas y trabajadores ante el covid-19
En una entrevista que realizamos vía online a la abogada Lorianna D’Alfonzo especialista en derecho laboral, comercial y corporativo, pudimos aclarar muchas dudas acerca de las medidas que deben tomar los patronos, en los siguientes meses. Esto por la emergencia sanitaria por la que pasa actualmente Venezuela y el mundo.
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¿Qué medidas deben tomar los patronos en medio de esta cuarentena para los próximos días?
Una de las primeras medidas que debe tomar la empresa privada hoy, es conocer en qué términos le afecta el Decreto 4160 sobre el estado de alarma publicado el pasado 13 de marzo. ¿Está mi empresa dentro de las actividades excluidas de suspensión de actividades? ¿Puedo laborar parcialmente y mantener algunas líneas de producción activas que me permitan operar, aunque sea en niveles mínimos y cuidando la salud de mis empleados? Son las primeras preguntas que debemos responder.
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En el caso de empresas cuya labor sea compatible con el trabajo desde casa, es útil en este momento implementar procesos temporales de asignación de tareas. Esquemas de seguimiento que les permitan mantener la empresa en marcha, a distancia, o por lo menos algunos de sus procesos.
¿Qué pueden hacer con respecto al pago de sus trabajadores para la próxima quincena?
Desde el punto de vista técnico legal, la suspensión de labores por casos de fuerza mayor (como lo sería por ejemplo esta crisis sanitaria por el COVID-19), la Ley Orgánica del Trabajo y los Trabajadores es clara. Esta situación se conoce en el ámbito del derecho del trabajo como una causa de “Suspensión de la Relación de Trabajo”.
Esta figura está prevista en la ley laboral venezolana, y su principal consecuencia es que mientras dure. “El trabajador no está obligado a prestar servicios, ni el patrono a pagar el salario”.
No obstante es importante señalar, que la LOTTT exige para esto la autorización de la inspectoría del trabajo. Es ahí cuando la aplicación de este supuesto puede complicarse en el aspecto práctico.
Al momento de realizarse la entrevista no se había publicado la Gaceta Oficial, la cual fue conocida para los ciudadanos oficialmente el día 20 de marzo de 2019. Allí se declara el estado de alarma desde el 13 de marzo por 30 días. Extensibles dependiendo de la situación que haya en el país.
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¿Qué medidas podrían tomar las pequeñas y medianas empresas?
Es una pregunta sumamente compleja dadas las circunstancias económicas que atravesamos en Venezuela.
Mucho antes de la llegada del COVID-19, y que lamentablemente afectan tanto a personas como a las empresas que han logrado mantenerse a flote en medio de la crisis. Las opciones son ciertamente limitadas, y muchas de ellas dependerán de los planes de ayuda e incentivo gubernamentales que decida el Ejecutivo implementar.
Dentro de las medidas que ha sugerido Fedecamaras al ejecutivo nacional, y que esperemos sean tomadas en cuenta a la brevedad están:
Las medidas de disminución del encaje legal del sector bancario para facilitar el financiamiento al sector privado. La flexibilización de las condiciones de pago y establecimiento de condiciones especiales de financiamiento. La suspensión y flexibilización de los lapsos para declaración y pago de IVA. La suspensión del régimen de anticipos de ISLR e IVA. El aplazamiento de la entrada en vigencia de las reformas del Código Orgánico Tributario.
En definitiva, mucho de lo que le ocurrirá a la empresa privada o su margen de maniobra, estará marcado por el hecho de si el gobierno nacional tendrá o no la voluntad de flexibilizar una serie de compromisos.
¿Cómo pueden mantener las ayudas con sus trabajadores?
Esto dependerá fundamentalmente del tamaño de cada empresa, de su flujo de caja y del sector en el que se encuentre. No es lo mismo la situación de sostenimiento de nómina para una empresa de 8 trabajadores, que para una de 200 o 500. Las medidas laborales tendrán que diversificarse.
Lo que sí es importante entender es que esta situación exigirá entendimiento recíproco. El empresario debe tener claro que su equipo humano sólo cuenta con él. Porque lamentablemente vivimos en un país en el que no existe un sistema de seguridad social y los planes sociales que existen son totalmente ineficaces. Pero por otro lado, el trabajador deberá entender que no hay sostenibilidad sin rentabilidad, la empresa no está produciendo, no cuenta con posibilidad de financiamiento y sus recursos también son limitados.
Respecto a este punto de los salarios y las ayudas, es importante tener muy claro que esos pagos o “ayudas” que sean otorgados por las empresas a sus trabajadores por la contingencia no tienen carácter salarial. Por tanto, no generan beneficios laborales asociados a ese pago.
¿La medida de despido estaría justificada?
De ninguna manera. Recordemos que Venezuela lleva más de 15 años con un férreo régimen de inamovilidad laboral. Este se ha venido prorrogando mediante decretos presidenciales, y al día de hoy aún se encuentra vigente.
Esta situación de crisis derivada del COVID-19 no representa una causa justificativa de despido. No obstante, podría haber empresas tentadas a efectuar los conocidos procesos de “reducción de personal”.
Respecto a este punto, es importante recordar que el procedimiento de despido por motivos económicos fue derogado en el año 2012. Cuando entró en vigencia la LOTTT, se estableció que deberán ser sobre la base de la negociación individual.
Mediante medidas y un esquema legal-laboral organizado y no orientada por decisiones apresuradas a corto plazo dentro de esta crisis. En todo caso, es importante analizar las mejores estrategias pensando en cómo afrontar la crisis, pero también como garantizamos la continuidad después que toda esta catástrofe termine.
Buenas noches, me gustó mucho el artículo, tengo una inquietud que quiero compartir, soy empleado del sector bancario y salí de vacaciones 15 días antes del decreto de cuarentena y debo disfrutar de 40 días hábiles, ¿ La cuarentena suspende mi período vacacional? .
Quiero saber si mi período vacacional se consume junto a la cuarenta, cosa que no creo, porque las vacaciones permiten el disfrute y esparcimiento del trabajador junto a su familia y obviamente en cuarentena eso ha sido imposible.
Gracias anticipadas por su receptividad.